Por medio del Contrato de arrendamiento de habitación, o también llamado Contrato de alquiler de habitación el propietario de una vivienda (persona o empresa) cede el uso de una de las habitaciones a un particular (persona o empresa) durante un tiempo determinado a cambio del pago de una renta. Este contrato no se utiiza en aquellos casos en los que se alquila una vivienda a varios inquilinos que responden conjuntamente de la obligación de pagar la renta y conservar la vivienda, en este caso se debe realizar un Contrato de arrendamiento de vivienda o Contrato de arrendamiento de vivienda para uso turístico o vacacional.
El contrato de alquiler de habitación se puede dar cuando el propietario de una vivienda, en lugar de arrendarla a un inquilino en su totalidad, alquila cada habitación por separado, mediante contratos individuales, con derecho a utilizar cocina, baño o salón de manera compartida con el resto de arrendatarios. Este propietario puede seguir viviendo en la misma reservándose el uso de una habitación.
Este contrato cubre los siguientes campos: duración, destino, objeto, renta, si se incluyen muebles, fianza, condiciones de uso de los elementos generales y comunes de la vivienda, actividades prohibidas, posibilidad de acudir a un arbitraje
El contrato de arrendamiento de una habitación se regulará en primer lugar por lo pactado por las partes y en su defecto por las normas del Código Civil en materia de arrendamientos (arts. 1554 y siguientes del Código Civil). El certificado de eficiencia energética obligatorio se regula en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.