Este documento permite al empleador notificar al trabajador que el contrato de trabajo temporal vencido no se renovará y, por lo tanto, se dará por terminada la relación laboral entre las dos partes.
En el caso de que quiera terminar la relación laboral de cualquier tipo de contrato por causas objetivas (por ejemplo, por la situación económica de la empresa), deberá preparar una carta de renuncia por causas objetivas. Por otro lado, si quieres despedir a un trabajador por su comportamiento o actitud, deberás preparar una carta de despido por motivos disciplinarios. Finalmente, si desea terminar su relación laboral por cierre de negocio, debe preparar una carta de renuncia por cierre de negocio.
El contrato de trabajo temporal se renovará automáticamente a su vencimiento, salvo oposición del empresario o del trabajador, en su caso.
Si el empleador no quiere renovar el contrato, debe notificar al trabajador su intención de no renovar el contrato después de la expiración del plazo. En caso contrario, a falta de notificación al trabajador, se entenderá que la relación laboral continúa y el contrato se renovará automáticamente. La renovación tendrá la misma duración que el contrato temporal (por ejemplo, si el contrato original era de seis meses, la renovación se prorrogará seis meses), salvo que se cumpla la condición de que se convierta en contrato. Como se menciona en la siguiente sección.
Con carácter general, los contratos de trabajo temporal no tienen límite máximo legal, es decir, pueden prorrogarse ininterrumpidamente siempre que, como se ha mencionado en el apartado anterior, ninguna de las partes del contrato se oponga a ello. .
No obstante, existen algunos contratos temporales específicos que tienen un límite legal máximo fijo. Luego se determinan estos plazos máximos:
Al término del contrato, con excepción de los contratos temporales y de formación, el trabajador será recompensado con el equivalente a doce días de salario por cada año de trabajo o su equivalente para contratos de menos de un año. Otros tipos de contratos temporales no serán compensados, sino que solo deberán liquidarse en consecuencia.
Gracias a este documento, se permite expresamente intercambiar un aviso de no renovación del contrato al trabajador, y se recomienda anotarlo, ya que esta carta servirá como prueba de la correcta ejecución del aviso.
Este documento cubre todos los aspectos necesarios para asegurar su autenticidad. Más específicamente, incluyen:
Plazo de comunicación de la no renovación
Esta carta se deberá remitir al trabajador con anterioridad a la fecha de terminación del contrato teniendo en cuenta lo siguiente:
La comunicación puede ser entregada en mano, con la firma del recibí del empleador (o de un responsable habilitado para firmar), o bien mediante burofax (a través de copia física u online) con acuse de recibo y certificación de contenido o vía semejante. De esta forma, la comunicación se considerará probada.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (artículo 49)
Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada (artículo 8).